BASES Y CONDICIONES SORTEO PHOTO OP – RE! OUTLET II
La participación en esta promoción sin obligación de compra “SORTEO PHOTO OP – RE! OUTLET II” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones (las “Bases”), cuya promoción es organizada por IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT N° 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, Piso 9°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la Promoción, comunicándolos en forma previa e inmediata a los participantes.
Vigencia. Ámbito geográfico: La Promoción se llevará a cabo desde las 12:00 horas del día 17 de julio de 2025 hasta las 20:00 horas del día 1 de agosto de 2025 (en adelante el “Plazo de Vigencia”) y se desarrollará exclusivamente el Área Metropolitana de Buenos Aires (en adelante el “Territorio”).
Participantes: Podrán participar de la Promoción únicamente personas físicas, mayores de 18 años, que residan en el Territorio, que cuenten con un usuario en la red social “Instagram” y/o se creen un usuario y que cumplan con los requisitos de participación mencionados a continuación (en adelante los “Participantes”). Se solicitará DNI para acreditar la mayoría de edad.
Mecánica: Los interesados en participar de la Promoción deberán: (I) seguir a las cuentas de Instagram @reoutlet_ok y @cec.bsas; (II) subir a su perfil de Instagram, arrobando/etiquetando a @reoutlet_ok y @cec.bsas, una foto tomada en el espacio “photo opportunity” ubicado en la feria Re! Outlet que se desarrollará durante el Plazo de Vigencia en el Centro de Convenciones de Buenos Aires (CEC), sito en Av. Pres. Figueroa Alcorta 2099, Ciudad de Buenos Aires (en adelante, la “Feria”); y (III) contar con un perfil público en la red social Instagram para que el Organizador pueda visualizar la foto y la mención. Cada participante que cumpla con los pasos indicados previamente, obtendrá una (1) chance para participar en el Sorteo que se menciona en el Punto 7 de las Bases. Se deja expresamente aclarado que Facebook e Instagram no patrocinan, avalan ni administran de modo alguno la presente Promoción, ni está asociado a ella. Al participar de la misma los participantes reconocen y aceptan dicha circunstancia.
Promoción sin obligación de compra: La participación de la Promoción no implica obligación directa ni indirecta de compra o contratación de servicio alguno ya que el modo de participar es ingresando a la red social Instagram, cuyo acceso y registración es absolutamente gratuito.
Estas Bases están disponibles en el sitio web www.reoutlet.com.ar.
Sorteo: Los días 22 y 29 de julio y 05 de agosto de 2025 se realizará un sorteo entre todos los Participantes que hayan cumplido los requisitos indicados en el Punto 4 precedente en los días anteriores a cada sorteo (en adelante, los “Sorteos”). De esta forma, en el Sorteo del día 22 de julio de 2025 participarán aquéllas personas que hayan cumplido los requisitos mencionados anteriormente entre el 17 de julio y el 21 de julio, y así sucesivamente. Las personas que resulten ganadoras en un Sorteo ya no podrán participar en la Promoción para los siguientes Sorteos, mientras que los demás Participantes continuarán en la base de datos para los Sorteos restantes. Los Sorteos se realizarán mediante un sitio de web de sorteos a fin de seleccionar cinco (5) potenciales ganadores entre todos los Participantes en cada Sorteo, es decir, en el marco de la Promoción se obtendrán un total de quince (15) ganadores. El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha de los Sorteos, dando en su caso, la debida comunicación y publicación. Se extraerán adicionalmente cinco (5) suplentes por Sorteo, para comunicar en caso de que los potenciales ganadores extraídos inicialmente no hubiesen realizado de forma válida su participación, no cumplan con los requisitos previstos en los puntos 4 y 7 de las presentes Bases o no pudieran ser contactados por el Organizador, de manera tal de hacer posible la adjudicación del premio correspondiente a la Promoción. Los potenciales ganadores que cumplan con todos los requisitos de participación y con los requisitos de adjudicación de los Premios enunciados en el punto 9 serán adjudicatarios de los Premios, conforme se define a continuación (en adelante, los “Ganadores”).
Premios: Los Ganadores serán adjudicatarios de una (1) appa Gift por la suma de pesos cien mil ($100.000) para utilizar en stands adheridos de Re! Outlet y/o en los centros comerciales del Organizador (en adelante, el “Premio”). Se adjudicarán cinco (5) Premios por Sorteo, con un total de quince (15) Premios para toda la Promoción. Las órdenes de compra ¡appa! Gift son órdenes de compra virtuales para utilizar en stands adheridos al sistema de Re! Outlet y/o en centros comerciales del Organizador. Tendrán una vigencia de siete (7) días corridos contados a partir de su asignación. Transcurrida la fecha de vencimiento, los ¡appa! Gift carecerán de valor. Los ¡appa! Gift podrán ser utilizados directamente desde la aplicación ¡appa! del usuario Ganador. Las órdenes de compra ¡appa! Gift serán asignadas al usuario de quienes hayan resultado Ganadores, sin excepción. Los ¡appa! Gift son intransferibles. El Ganador deberá consultar condiciones de uso, comercios adheridos y más información en www.appagift.com/. Se deja constancia que los ¡appa! Gift se limitan al detalle mencionado y no podrán ser canjeados por sumas de dinero y/o por otro bienes y servicios. En caso de que el monto de la compra sea inferior a dicha suma no existirán saldos a favor del Ganador. Si el Ganador realizara una compra por un valor superior al monto disponible del Premio, deberá abonar la diferencia con los medios de pago disponibles en los locales adheridos. El Premio no podrá ser sustituido y/o canjeado por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que el Premio no es negociable. Para el caso de que el Ganador no utilice el Premio, una vez adjudicados los mismos y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador. El Premio es para uso personal del Ganador y no podrá ser transferido. Una vez entregado el Premio, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega de los mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Premio.
Entrega del Premio: Los Participantes favorecidos en los Sorteos serán contactados por el Organizador a través de mensaje directo de Instagram desde la cuenta @reoutlet_ok y/o correo electrónico, con los datos de su perfil con el que hubiera participado de la Promoción. Asimismo, se podrá informar a los Ganadores mediante la función stories/historias de la red social Instagram. Los potenciales ganadores deberán responder el contacto del Organizador, bajo los requisitos mencionados, dentro de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas de contactados y acreditar su identidad y mayoría de edad con su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). Una vez transcurrido dicho plazo, sin respuesta de los potenciales ganadores, perderán todo derecho al Premio y se seguirá el mismo procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de posición en cada Sorteo. En tal sentido, toda presentación o reclamo efectuado por los presuntos Ganadores en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio. Tras el contacto por parte de los Ganadores y la confirmación del cumplimiento de los requisitos por parte del Organizador, el Organizador realizará la acreditación del Premio en formato digital en la cuenta de ¡appa! de los Ganadores dentro de los siete (7) días hábiles siguientes.
La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) participaciones la probabilidad sería de 0,05% por Sorteo.
El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.
El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. El nombre del Ganador será publicado en el perfil de Instagram de @reoutlet_ok y/o @cec.bsas, o en cualquier otro medio donde el Organizador considere necesario. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”.
El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y el Premio por otro de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
No podrán participar en esta Promoción las siguientes personas: (i) los menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera de la República Argentina; (iii) los empleados de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA y de sus sociedades vinculadas relacionadas al negocio retail (*); (iv) los locatarios y empleados de las góndolas comerciales ubicados en la Feria; (vi) los empleados y/o subcontratados de las agencias de publicidad y/o agencias productoras relacionadas con la Promoción, y (vii) los familiares en primer grado de consanguinidad y afinidad (padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente) de todas las personas mencionadas en los puntos anteriores; en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. *Empresas vinculadas: IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA; PANAMERICAN MALL S.A.; ARCOS DEL GOURMET S.A.; NUEVO PUERTO SANTA FE S.A.; SHOPPING NEUQUÉN S.A.; FIBESA SOCIEDAD ANÓNIMA; WE ARE APPA S.A.; CRESUD S.A.C.I.F.Y.A.; GCDI S.A.; y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A., LA RURAL S.A.- OFC S.R.L. – OGDEN ARGENTINA S.A. – ENTRETENIMIENTO UNIVERSAL S.A. – UNION TRANSITORIA.
Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el participante los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.