IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción sin obligación de compra denominada “RULETA ¡APPA! RE! OUTLET” (en adelante la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.


1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo los días 09, 11, 12, 13, 18, 19, 20, 25, 26, y 27 de julio, y 1 de agosto de 2025 de 16:00 a 20:00hs los días Viernes y de 12:00 a 20:00hs. los días Sábados y Domingo, y/o hasta agotar de doscientos (200) Beneficios diarios, según se define en el apartado seis (6), lo que ocurra primero (en adelante el “Plazo de Vigencia”) en la feria Re! Outlet que se llevará a cabo en el Centro de Convenciones de Buenos Aires (CEC), sito en Av. Pres. Figueroa Alcorta 2099, Ciudad de Buenos Aires (en adelante, la “Feria”).


2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en la República Argentina (con excepción de Jujuy, Salta, Río Negro, Neuquén y Tierra del Fuego), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en la aplicación ¡appa!, (V) que presenten en el stand de la Promoción ubicado en el hall de ingreso de la Feria una factura de compra por la suma de pesos cien mil ($100.000) o más efectuada en alguno de stands de la Feria durante el Plazo de Vigencia (en adelante los “Usuarios” y/o los “Participantes”).


3. FACTURAS Y/O TICKETS HABILITADOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o en los días del Plazo de Vigencia en alguno de los stands de la Feria, (ii) Que la factura sea por el importe de la suma de pesos cien mil ($100.000) o más, (iii) Que sea presentada en el stand de la Promoción ubicado en el hall de ingreso de la Feria dentro del Plazo de Vigencia, y (iv) Que esté aprobada por el Organizador. Las facturas deberán ser presentadas en el stand el mismo día de su emisión, no se podrá participar el día 11 de julio con una factura del 9 de julio y así sucesivamente. Habilitada la factura conforme a los requisitos enumerados en el presente punto, los Participantes quedarán habilitados para participar del Juego (Conforme se define a continuación). No se podrá acumular facturas para llegar al monto requerido. Sólo participarán aquellas facturas que sean emitidas por alguno de los stands de la Feria durante el Plazo de Vigencia.

4. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN – ASIGNACIÓN DEL BENEFICIO: Las personas que cumplan con los requisitos de participación deberán escanear mediante ¡appa! el código QR exhibido en el stand de la Promoción y quedarán habilitadas para jugar al juego de la ruleta (en adelante el “Juego”). El Juego consistirá escanear el código QR que luego indicará un beneficio en la pantalla del dispositivo del Participante. A los Participantes, se les otorgará alguno de los beneficios descriptos en el apartado seis (6), según salga indicado en su dispositivo móvil y sujeto a disponibilidad de stock, o la opción “Seguí Participando”, en tal caso, el Participante quedará descalificado de la Promoción. La Persona será beneficiaria de la Promoción (en adelante los “Beneficiarios”) y se le adjudicará un beneficio. Los Participantes no podrán seleccionar y/o elegir un beneficio que no sea el indicado en pantalla. Se podrá participar una única vez por día, por persona/usuario y por factura durante el Plazo de Vigencia.
LOS PARTICIPANTES DECLARAN QUE AL PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN PODRÁN SER FOTOGRAFIADOS Y/O FILMADOS Y QUE EL MATERIAL PODRÁ SER SUBIDO A LAS REDES SOCIALES Y/O MEDIOS DIGITALES Y/O AUDIOVISUALES DEL ORGANIZADOR.


5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen participar sin presentar factura y/o ticket de compra, podrán hacerlo presentado en el Stand de la Promoción un dibujo coloreado del logo de Re! Outlet y del logo de su marca favorita participante de la Feria, y siguiendo en Instagram a Re! Outlet. Cumplidos dichos requisitos se otorgará una posibilidad de jugar el Juego. Se podrá realizar esta acción una única vez durante el plazo de Vigencia de la Promoción y el Participante deberá acreditar seguir a Re! Outlet en Instagram.


6. BENEFICIOS: Según el beneficio indicado en la pantalla del dispositivo luego de escanear el código QR, los Beneficiarios recibirán uno de los beneficios detallados a continuación (En adelante los “Beneficios”):
• Una (1) appa Gift por la suma de pesos veinte mil ($20.000) para utilizar en stands adheridos de Re! Outlet, hasta agotar stock de cincuenta (50) appa Gift por día. Válida por siete (7) días desde su asignación; o
• Una (1) appa Gift por la suma de pesos quince mil ($15.000) para utilizar en stands adheridos de Re! Outlet, hasta agotar stock de cien (100) appa Gift por día. Válida por siete (7) días desde su asignación; o
• Un (1) producto de merchandising de Re! Outlet, a elección del Organizador, hasta agotar stock de cincuenta (50) unidades por día.


Las órdenes de compra ¡appa! Gift son órdenes de compra virtuales para utilizar en stands adheridos al sistema de Re! Outlet. Tendrán una vigencia de siete (7) días corridos contados a partir de su asignación. Transcurrida la fecha de vencimiento, los ¡appa! Gift carecerán de valor. Los ¡appa! Gift podrán ser utilizados directamente desde la aplicación ¡appa! del usuario Beneficiario. Las órdenes de compra ¡appa! Gift serán asignadas al usuario de quienes hayan resultado Beneficiarios, sin excepción. Los ¡appa! Gift son intransferibles. El Beneficiario deberá consultar condiciones de uso, comercios adheridos y más información en www.appagift.com/. Se deja constancia que los ¡appa! Gift se limitan al detalle mencionado y no podrán ser canjeados por sumas de dinero y/o por otro bienes y servicios. En caso de que el monto de la compra sea inferior a dicha suma no existirán saldos a favor del Beneficiario. Si el Beneficiario realizara una compra por un valor superior al monto disponible del Beneficio, deberá abonar la diferencia con los medios de pago disponibles en los locales adheridos.
Los Beneficios serán entregados en el stand de la Promoción, en formato físico o virtual, según corresponda.
Los Beneficios que no sean redimidos dentro de su vigencia quedarán sin validez, sin que esto genere derecho de compensación alguno por parte del Organizador y/o las marcas participantes en favor del Beneficiario.
Los Beneficios son para uso personal del Beneficiario y no podrán ser transferido. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Beneficio. Los costos asociados a la adjudicación/utilización del Beneficio quedarán a cargo exclusivo del Beneficiario. El Beneficiario no podrá exigir el cambio del Beneficio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que los Beneficios no serán negociables. Para el caso de que el Beneficiario no utilice el Beneficio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador. El Organizador no reemplazará los Beneficios que sean extraviados y/o robados luego de su entrega a los Beneficiarios.

7. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Beneficiario en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Beneficio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.
Al recibir el Beneficio, el Beneficiario lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Beneficiario conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Beneficio.

8. DATOS PERSONALES: En caso de solicitarse datos personales con motivo de la presente Promoción, los mismos podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente
El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Beneficiarios por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsa.com.ar y/o presentando una carta con dicha solicitud en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

9. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Beneficios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

10. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción las siguientes personas: (i) los menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera de la República Argentina; (iii) los empleados de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA y de sus sociedades vinculadas relacionadas al negocio retail (*); (iv) los locatarios y empleados de las góndolas comerciales ubicados en la Feria; (vi) los empleados y/o subcontratados de las agencias de publicidad y/o agencias productoras relacionadas con la Promoción, y (vii) los familiares en primer grado de consanguinidad y afinidad (padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente) de todas las personas mencionadas en los puntos anteriores; en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.
*Empresas vinculadas: IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA; PANAMERICAN MALL S.A.; ARCOS DEL GOURMET S.A.; NUEVO PUERTO SANTA FE S.A.; SHOPPING NEUQUÉN S.A.; FIBESA SOCIEDAD ANÓNIMA; WE ARE APPA S.A.; CRESUD S.A.C.I.F.Y.A.; GCDI S.A.; y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A., LA RURAL S.A.- OFC S.R.L. – OGDEN ARGENTINA S.A. – ENTRETENIMIENTO UNIVERSAL S.A. – UNION TRANSITORIA

11. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.